Qué normativas deben cumplir los elevadores en España

Qué normativas deben cumplir los elevadores en España

Las normativas sobre elevadores nos dan las pautas para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de los mismos; por lo tanto, es fundamental estar al día de las últimas novedades tanto a nivel nacional como europeo.

Antes de entrar a repasar cuáles son las normativas sobre elevadores que aplican en España es importante hacer una distinción…

¿Qué diferencia hay entre ascensores y elevadores?

Según el Real Decreto 88/2013, se considera ascensor a “todo aparato de elevación instalado de forma permanente en edificios o construcciones que sirva niveles definidos, con un habitáculo que se desplace a lo largo de guías rígidas y cuya inclinación sea superior a 15 grados, cuya función sea el transporte de personas, de personas y objetos o solamente objetos en el caso de disponer de un habitáculo accesible; es decir, si está provisto de órganos de accionamiento situados dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo”.  

Sin embargo, quedan fuera de esta definición aparatos como elevadores en obras de construcción, escaleras mecánicas o salvaescaleras.

Además de esta definición, también se suele diferenciar entre ascensores y elevadores en base a cinco criterios: velocidad, mantenimiento, normativa, alimentación eléctrica y la altura del foso. 

Normativa para elevadores: Directiva 2006/42/CE

La Directiva 2006/42/CE, también conocida como “Directiva Máquinas” se aprobó por primera vez en 1989 y fue revisada en 2009. Sus principales objetivos son dos: 

  • Garantizar unos requisitos mínimos de salud y seguridad entre usuarios y operadores.
  • Asegurar la libre circulación de la maquinaria en el mercado de la UE. 

Esta se aplica sobre máquinas y componentes de seguridad comercializados individualmente, máquinas usadas y componentes de seguridad de terceros países que se comercialicen en el Espacio Económico Europeo. Sobre todos estos, los estados miembros no podrán prohibir, en ningún caso, la distribución o puesta en servicio de máquinas que cumpla con la Directiva así como tampoco podrán crear nuevas normas que impongan requisitos más estrictos. 

Qué obligaciones establece la Directiva Máquinas 

La directiva establece:

  1. El diseño seguro de la maquinaria: los fabricantes han de tener en cuenta la seguridad durante todo el proceso de diseño de la máquina. Esto implica realizar evaluaciones de riesgos constantemente.
  2. Elaborar instrucciones de funcionamiento: cada máquina llevará consigo una manual de funcionamiento en el idioma oficial del país de uso.
  3. Elaborar documentación técnica: esta información contiene todos los diagramas, cálculos, informes de prueba, etc. que certifiquen los requisitos esenciales de salud y seguridad. 

Además:

  • Los sistemas de control deben diseñarse para evitar situaciones peligrosas.
  • Un único fallo en el hardware o el software no deben dar lugar a situaciones peligrosas.
  • Un error humano previsible no debe conducir tampoco a situaciones peligrosas.

 Decretos para grúas torre demostrables para obras

El Ministerio de Industria también ha dispuesto una serie Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) para grúas torre desmontables para obras que se han de tener en cuenta. Hablamos, en concreto, de: 

Estos recogen las secuencias y procedimientos de condiciones y pruebas de seguridad exigibles a las grúas torre. Como, por ejemplo, que a la puesta en servicio “se realizará una inspección en ese emplazamiento por parte de un Organismo de Control así como la entrega, por parte de la empresa instaladora, del manual de instrucciones de utilización y mantenimiento al coordinador de seguridad o al jefe de obra.” 

En definitiva, todas estas normativas, tienen como objetivo garantizar la seguridad de los usuarios de estos sistemas de elevación de uso industrial. Es habitual que, a lo largo del tiempo, sufran cambios y se actualicen, por lo que es fundamental estar al día en la legislación vigente. 

 

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